Estatuto del Docente Argentino

El 14 de septiembre de 1954 el Poder Ejecutivo decretaba el Estatuto Profesional del Docente del General Perón. Según consideraba el Segundo Plan Quinquenal se establecía que \»el Estado promoverá especialmente el ejercicio de la actividad docente mediante: a) la selección vocacional de los maestros, profesores y personal auxiliar; b) la reglamentación de las carreras docentes, estimulando el estímulo de superación; c) la creación de condiciones económicas y sociales que permiten al personal docente, consagrado a la enseñanza, desenvolverse dignamente\».

Entre los puntos mas destacados de los fundamentos el Gobierno Nacional señalaba que \»la formación espiritual de las nuevas generaciones está íntegramente confiada a la responsabilidad moral de los docentes, cuyas manos modelan el hombre del futuro y cuya obra asegura la continuidad histórica de la Nueva Argentina, socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana\».

El Estatuto tenía como prioridad una incrementación sustancial de los salarios de los docentes de todos los niveles educativos. El aumento salarial mas significativo correspondía a los docentes primarios. Anteriormente, los sueldos básicos no superaban los $500 y el decreto detallaba que a partir de su reglamentación los docentes de la enseñanza primaria comenzarían a percibir un sueldo básico de $1.000. Otro de los puntos fundamentales era que los maestros de primaria se podían jubilar con el 100% de su sueldo y los maestros de secundaría y universitarios se podían jubilar con el 100% hasta los $1.000 de sueldo, de $ 1.001 hasta $ 2.000 se les otorgaba $ 1.000 más el 75 % del excedente de $1.000 y de $ 2.001 a $ 5.000 de sueldo, con $ 1.750 más el 60% del excedente de $2.000.

El Estatuto del Docente Argentino era un anhelo que tenía el Gobierno del General Juan D. Perón y tenía como objetivo \»establecer en un cuerpo legal los lineamientos generales que aseguren a los servidores de la enseñanza condiciones profesionales dignas, basadas en la justicia de las promociones, en la justicia de las retribuciones y en la dignidad del retiro cuando en el ocaso de la vida busque el docente la tranquilidad de un bien ganado descanso\».

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